Política de Atención de Regalos, Hospitalidad, Donaciones y Beneficios Similares

En Caliza Cemento Inca S.A. (CCISA), empresa peruana dedicada a la producción y comercialización de cemento, morteros, concreto premezclado y prefabricados de concreto, con altos estándares de calidad con una cultura basada en principios de transparencia, responsabilidad e integridad en todas nuestras actuaciones orientados a la satisfacción de nuestros clientes y contribuyendo al desarrollo del país.

Tiene una tolerancia cero hacia el soborno y estamos comprometidos a actuar de manera profesional, imparcial y con integridad en todos nuestros procesos, actividades y servicios que ofrecemos. Aceptar o entregar regalos, obsequios, cortesías y otros beneficios puede ser una manera legítima de fomentar relaciones de negocios, pero es importante que NUNCA se utilicen indebidamente en los procesos de toma de decisiones o hacer que otros perciban que existió una influencia ilícita.

Por ello, CCISA establece los siguientes lineamientos para prevenir la entrega o aceptación de regalos, obsequios, cortesías y otros beneficios:

 

Restricción:

  • Ningún trabajador de CCISA puede solicitar, recibir o aceptar, ya sea de manera directa o indirecta, un regalo de parte de clientes, entidades promotoras, organizaciones privadas, gremios empresariales, actores sociales, proveedores, contratistas o cualquier tercero en general, en cualquier momento, sin importar si puede o no influir en sus decisiones, relaciones comerciales o desempeño.

 

  • Ningún trabajador de CCISA puede ofrecer o suministrar, ya sea de manera directa o indirecta, un regalo a clientes, entidades promotoras, organizaciones privadas, gremios empresariales, actores sociales, proveedores, contratistas o cualquier tercero en general, que tenga por objeto influir en las decisiones, relaciones comerciales o desempeño sus funciones.

 

  • Son considerados Regalos o Atenciones, elementos como bonos de compra, viajes, bienes muebles o inmuebles, boletas de ingreso a espectáculos, abonos a ferias o espectáculos deportivos culturales y similares, etc. Bajo dicha premisa en CCISA no se permite regalos de ningún valor.

 

  • En ninguna circunstancia, CCISA, realizará donaciones a partidos políticos de manera directa o indirecta, ni a entidades que estén investigadas y/o sentenciadas por actos de corrupción, lavado de activos y financiamiento de terrorismo o sean conocidos por sus malas prácticas o su conducta no esté alineada con los valores de CCISA.

 

  • En ninguna circunstancia, CCISA, realizara donaciones de dinero en efectivo.

 

Excepción:
 
  • No son considerados Regalos o Atenciones los objetos comúnmente conocidos como merchandising, tales como lapiceros, cuadernos, calendarios, CD’s institucionales, gorras, camisetas y, en general, todo material publicitario contramarcado con branding corporativo de escaso valor y que no represente más de S/ 50.00 (Cincuenta y 00/100 soles) siempre que dichos artículos sean legítimamente parte de eventos o conferencias organizados por CCISA o un proveedor.

 

  • Cualquier otro regalo o atención que requiera ser recibido y no se encuentre dentro de la excepción Nro. 1, deberá ser autorizado mediante correo electrónico por parte de la gerencia general con copia al oficial de cumplimiento.

 

  • Se podrán efectuar donaciones o auspicios a organizaciones tales como comunidades campesinas, caseríos, centros poblados, mesas de diálogo, entre otras, siempre y cuando tengan como objeto principal el desarrollo o bienestar comunal.

 

El incumplimiento de cualquiera de las disposiciones de esta política será sujeto, previa investigación, a las medidas administrativas, civiles, penales y/o acciones contractuales correspondientes.