Política de Atención de Regalos, Hospitalidad, Donaciones y Beneficios Similares

En Caliza Cemento Inca S.A. (CCSA), empresa peruana dedicada a la producción y comercialización de cemento, morteros, concreto premezclado y prefabricados de concreto, con altos estándares de calidad con una cultura basada en principios de transparencia, responsabilidad e integridad en todas nuestras actuaciones orientados a la satisfacción de nuestros clientes y contribuyendo al desarrollo del país.

Tiene una tolerancia cero hacia el soborno y estamos comprometidos a actuar de manera profesional, imparcial y con integridad en todos nuestros procesos, actividades y servicios que ofrecemos. Aceptar regalos, obsequios, cortesías y otros beneficios puede ser una manera legítima de fomentar relaciones de negocios, pero es importante que NUNCA se utilicen indebidamente en los procesos de toma de decisiones o hacer que otros perciban que existió una influencia ilícita.

Por ello, CCISA establece los siguientes lineamientos para prevenir la entrega o aceptación de regalos, obsequios, cortesías y otros beneficios:

Restricción:

  • Ningún trabajador de CCISA puede solicitar, recibir o aceptar, ya sea de manera directa o indirecta, un regalo de parte de clientes, entidades promotoras, organizaciones privadas, gremios empresariales, actores sociales, proveedores, contratistas o cualquier tercero en general, en cualquier momento, sin importar si puede o no influir en sus decisiones, relaciones comerciales o desempeño.
  • Ningún trabajador de CCISA puede ofrecer o suministrar, ya sea de manera directa o indirecta, un regalo a clientes, entidades promotoras, organizaciones privadas, gremios empresariales, actores sociales, proveedores, contratistas o cualquier tercero en general, que tenga por objeto influir en las decisiones, relaciones comerciales o desempeño sus funciones.

Restricción:

  • No son considerados Regalos o Atenciones los objetos comúnmente conocidos como merchandising, tales como lapiceros, cuadernos, calendarios, CD´s institucionales, gorras, camisetas y, en general, todo material publicitario contramarcado con branding corporativo de escaso valor y que no represente más de S/ 50.00 (Cincuenta y 00/100 soles) siempre que dichos artículos sean legítimamente parte de eventos o conferencias organizados por CCISA o un proveedor.
  • Cualquier otro regalo o atención que requiera ser recibido y no se encuentre dentro de la excepción N° 1, deberá ser autorizado mediante correo electrónico por parte de la gerencia general con copia al oficial de cumplimiento.

El incumplimiento de cualquiera de las disposiciones de esta política será sujeto, previa investigación, a las medidas administrativas, civiles, penales y/o acciones contractuales correspondientes.